El Ministerio de Salud de la Nación avanzó el 7 de marzo en una nueva reglamentación del DNU 70/23, a través del decreto 226/24, publicado en el Boletín Oficial, para la implementación del Registro digital de Productos Médicos Activos.
La medida tiene el objetivo de avanzar en la trazabilidad de los productos médicos y de reducir la burocracia asociada a la implementación de equipamiento médico.
En esta dirección, se establece la publicación, a través de la página web del Ministerio, de un listado de cada producto médico activo con las especificaciones de instalación y uso que debe cumplir cada operador autorizados por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) para su uso en el territorio nacional.
Asimismo, se habilitará un canal electrónico para que el operador remita la información respecto a la instalación del equipo; quedando los productos médicos activos autorizados para su uso e instalados conforme a la normativa, independientemente de las auditorías que posteriormente, de manera remota o presencial, decida realizar la autoridad de aplicación.