Decisiones acerca de la obtención de gametas en casos especiales.

¿Se deben obtener gametas en pacientes con patologías terminales, invalidantes o con muerte súbita?

Hay muchos casos para los que los debates sobre ética pueden plantear distintas alternativas y puntos de vista.

Autor/a: Dres. Finnerty, J; Thomas, T; Boyle, R.

La ciencia está avanzando a una velocidad que no permite asimilar las nuevas posibilidades que estos descubrimientos traen aparejados. La tecnología nos permite realizar procedimientos para los que todavía muchos de nosotros no estamos preparados.

Un ejemplo claro de todo esto, es la posibilidad de criopreservar gametas. Esta es una alternativa para pacientes con deseos de fertilidad futuros que van a ser sometidos a quimioterapia o a una cirugía ablativa. Al margen de las dificultades técnicas, no hay grandes discusiones éticas en este tema. Sin embargo, no pasa lo mismo en los casos de patologías terminales o invalidantes o con una muerte súbita. En estos casos la pareja puede solicitar la recuperación de las gametas de su cónyuge. Muchas veces la decisión se debe tomar apresuradamente por lo que sería conveniente tener una norma o una deliberación ética previa para poder aplicar la misma conducta en todos los casos.

Cuando se trata de un hombre que se va a someter a una quimioterapia, no hay inconveniente. Se le indica que obtenga una muestra por eyaculación que luego se conserva en tanques de nitrógeno por tiempo indeterminado. Cuando se desee, se podrá utilizar la muestra tanto para inseminación como para fertilización in vitro. En el caso de tumores pediátricos, la calidad de la muestra va a depender de la edad del paciente y del estado madurativo de los espermatozoides.

En cuanto a las mujeres, la obtención de ovocitos es un poco más complicada. Se requiere una estimulación ovárica previa y no siempre es lo más conveniente para la evolución de la patología de base. La medicación hormonal o la demora en la iniciación del tratamiento oncológico puede ser perjudicial para estas pacientes. La tasa de recuperación de esperma luego de una criopreservación es buena. Pero, no pasa lo mismo con los ovocitos. Otra alternativa es congelar tejido ovárico para luego madurarlo in vitro o transplantarlo fuera de la pelvis. En este último caso hay que tener en cuenta que este tejido podría ser cancerígeno.

En estos casos, se trata de pacientes que están en condiciones de decidir. Distinto es el caso de pacientes terminales, en estado vegetativo, con daño cerebral o con muerte reciente. Cuando estamos frente a esta situación, no es lo mismo si se trata de un hombre o de una mujer.

Los espermatozoides se pueden obtener por punción del epidídimo o por biopsia testicular. Cuando se desee utilizar la muestra obtenida, se deberá realizar un ICSI (inyección intracitoplasmática del espermatozoide). En el caso de daño medular, los hombres pueden obtener la muestra por electroeyaculación o estímulo vibratorio.
Para obtener los ovocitos se debe recurrir a una cirugía para resecar tejido ovárico. El procedimiento por el cual se consigue madurar a los folículos primordiales no está del todo desarrollado in vitro. Sin embargo, el transplante de tejido ovárico a determinados animales logró la maduración ovocitaria in vivo. En las mujeres en estado vegetativo se podría recurrir a la estimulación ovárica pero sería muy complicada la obtención de los ovocitos. Lo más simple sería realizar una laparotomía.

Por ende, es muy distinto la obtención de gametas en cada sexo. Para la mujer es un procedimiento más invasivo, más complicado y que requiere un útero subrrogante. De todas maneras, la posibilidad de obtener las gametas y luego preservarlas existe. La pregunta es, el hecho de poder hacerlo hace que lo tengamos que hacer? ¿Dónde está el límite? ¿Cómo logramos un consentimiento de la persona para extraer las gametas? ¿Su pareja o su familia tiene el derecho a decidir sobre sus gametas y la posibilidad de que gracias a ellas, de origen a una vida?

¿Se la puede asemejar a la donación de órganos? La donación de gametas para la creación de una nueva vida es distinto a la donación de una parte del cuerpo para prolongar la vida de otro. Cuando se trata de órganos se beneficia al paciente tratado mientras que con las gametas se beneficia al cónyuge. Al donar órganos no existe una responsabilidad moral o legal por el receptor. Por el contrario, los padres tienen una gran responsabilidad sobre sus hijos.

Más aún, si se logra un embarazo, estamos privando a ese ser de tener una madre o un padre. ¿Es justo hacer tratamientos para generar huérfanos? Esto lleva a la separación del hijo de sus padres genéticos. ¿Esto trae algún beneficio al hijo?

En Inglaterra, el Human Fertilization and Embriology Act de 1990 exige un consentimiento del donante y de lograrse el embarazo con el donante muerto, éste no se considera su padre. En Francia, la corte decidió que el destino del semen almacenado se debe basar en los deseos del donante y no en contratos previos. En Estados Unidos, no hay ninguna prohibición en cuanto a la extracción de gametas en pacientes en coma, estado vegetativo o recientemente fallecidos, salvo que vaya en contra de los deseos del paciente. Cada estado tiene su legislación por lo tanto va a depender de la misma.

Todos estos temas no son fáciles de resolver. No se trata de realizar un trabajo epidemiológico, randomizado, doble ciego, para saber cuál es la mejor conducta a tomar. Se trata de un dilema ético donde hay que tener en cuenta muchos aspectos. Pero, para evitar que las decisiones se tomen en forma apresurada, a la ligera y dependiendo de las creencias del profesional que atiende a un grupo familiar en particular, sería conveniente plantear estos temas antes de que surja la inquietud por parte de los pacientes. La disponibilidad de esta tecnología hace que tengamos que plantearnos que hacer con ella, si es que se debe realizar y bajo que circunstancias.