Medical News

/ Published on November 16, 2015

Un reporte de actividades

Observatorio de Psiquiatría y Salud Mental (APSA)

Desde diciembre del 2010 funciona el “Observatorio de Psiquiatría y Salud Mental de la Asociación de Psiquiatras Argentinos (APSA)"

Desde diciembre del 2010 funciona el “Observatorio de Psiquiatría y Salud Mental de la Asociación de Psiquiatras Argentinos (APSA)”, que nuclea regularmente a los Directores de hospitales de especialidad, Jefes de Servicios de Salud Mental de hospitales generales, profesionales de Guardias, expertos en Psiquiatría Legal, docentes universitarios de todo el país a fin de reunir información de la realidad clínica y sanitaria concretas para evaluar la situación actual en este campo y proponer nuevas líneas de acción. A Continuación una síntesis de los trabajado por el Observatorio en el transcurso del año 2015 hasta la fecha.  Reafirma sus objetivos expresados en:

1)     Su compromiso irrenunciable con los Derechos Humanos y como parte sustancial de ellos con el derecho y acceso a la Salud de todos los habitantes del suelo argentino.

2)     Que parte indeclinable de ese derecho es recibir la mejor calidad de atención en Salud.

3)     Que la Salud Mental es parte de la Salud Pública y considerarla aparte atenta contra el cuidado y la calidad de vida de los que requieren la atención de los distintos dispositivos de Salud y fragmenta a la persona humana en una peligrosa dicotomía mente-cuerpo.

4)     Que el Estado tiene el deber de garantizar los derechos en las condiciones de atención de los pacientes y las condiciones de trabajo de los miembros de los equipos que los atienden (profesionales y no profesionales).

5)     Que las instituciones especializadas, habitualmente llamadas psiquiátricos monovalentes (como son monovalentes los hospitales pediátricos, oftalmológicos, de enfermedades infecciosas, etcétera) y quienes trabajan allí, sufren también el estigma social que cae sobre los pacientes que se atienden en ellas. Atacarlas indiscriminadamente, ya sea con la policía como en el Borda o con la difamación, criminalizando a los equipos que trabajan en ellas, es aumentar el estigma de la locura en la sociedad y privar a los pacientes más pobres y desprotegidos del único recurso con el que cuentan para buscar ayuda ante sus afecciones mentales.

Volver a insistir en estos criterios cobra hoy importancia cuando el 10 de septiembre del 2015 el Ministerio de Salud de la Nación da a conocer la Resolución 1484/2015. Con referencia a la misma luego de tener en cuenta la opinión de los integrantes del Observatorio, de distintas Asociaciones Psiquiátricas provinciales afirmamos que:
 
1)     La directiva mencionada se centra una vez más, tanto en sus considerandos como en su parte resolutiva, en las instituciones especializadas en Psiquiatría y Salud Mental, sin tener en cuenta a todas las instituciones que se vinculan con dicha área sanitaria y sin siquiera mencionar  la creación de la red asistencial intermedia

2)      Nuevamente, con una prosa prejuiciosa,  que por lo menos desconoce  los avances de la psiquiatría actual, se pone el centro en la internación que representa como recurso terapéutico si se la calcula sobre los pacientes entre el 1 y 1,5% (es decir 1 internación mensual o una y media cada 100 pacientes) y si se la calcula sobre la base de consultas sería entre 0,4 y 0,6% (es decir entre 4 y 6 internaciones cada 1000 consultas).

3)     Establece un arbitrario tiempo de 360 días, contradiciendo incluso a la Ley 26657, que ponía la frontera para la eventual reconversión de las instituciones especializadas en el año 2020.

4)     Compromete la fuente de trabajo de psiquiatras, psicólogos, trabajadores sociales, terapistas ocupacionales, acompañantes terapéuticos, talleristas y profesionales de otras especialidades médicas, enfermeros y trabajadores de servicios generales, etc.

5)     En un párrafo de los considerandos refiere “que la adaptación prevista deberá contemplar la desconcentración gradual de los recursos, hasta su redistribución en la red de servicios con base en la comunidad”. Esta aseveración no se fundamenta en ningún tipo de estudio epidemiológico, ni en ningún tipo de relevamiento sanitario.  Con el agravante de que las instituciones especializadas en Psiquiatría y Salud Mental no están integradas en una red de instituciones intermedias en la comunidad, por ser prácticamente inexistentes, que permitan la reinserción social de los pacientes y particularmente de aquellos carentes de familia que se internan en ellas; con lo cual su riesgo es el desamparo, la desprotección y terminar trágicamente viviendo en la vía pública.
 
La población argentina necesita que se abran más lugares de atención y que se diversifique la oferta de  servicios, dispositivos y programas. La Resolución 1484 omite el incumplimiento de la Ley 26657 en cuanto a la creación de la red asistencial intermedia en calidad, cantidad y distribución acordes a las necesidades de nuestra población.
Reclamamos:
 
1)     El desarrollo a nivel nacional de aquellos dispositivos y programas que permitan la efectiva desinstitucionalización de aquellas personas que continúan internadas justamente por ausencia o escasez de ese tipo de recursos.

2)    El fortalecimiento de la red asistencial y de rehabilitación en la comunidad para mejorar la calidad de vida y autonomía de las personas, lo cual evitaría entre otras cosas las reinternaciones innecesarias, producto justamente de la falta de atención accesible, efectiva y oportuna en la comunidad.

El Observatorio presentará en el XXXI Congreso Argentino de Psiquiatría dos Simposios sobre “La práctica clínica y el Derecho” y “Psiquiatría, Salud Mental y Sanitarismo”
 
Dr. Guillermo Belaga                                Dr. Horacio Vommaro
Secretario CD                                           Coordinador

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