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/ Publicado el 30 de julio de 2002

Solo en Capital Federal se presentan alrededor de 1,5 demandas por día

Las demandas por mala praxis preocupan a todo el sector de la salud

Alentadas por la llamada industria del juicio, las demandas por mala praxis aumentan en forma constante.

Autor/a: Consultor de Salud

Fuente: Consultor de Salud

La crisis del sistema sanitario, que se refleja con claridad en una marcada falta de insumos y en la utilización de procedimientos médicos empleados hace varios años atrás con el fin de contener los costos de la atención, reactualizó las discusiones acerca de un tema candente para los profesionales del sector: las demandas por posibles hechos de mala praxis, un delito que está regido por la Ley 17.132 en Capital Federal y todos los territorios nacionales y con una normativa propia en cada una de las provincias.

Alentadas por la llamada industria del juicio, las demandas por mala praxis aumentan en forma constante. Así, hasta el año 1953 existían sólo 3 presentaciones de este tipo en toda la historia judicial. En 1958 esa cifra trepó a 8, y a partir de los años 60 comenzó a incrementarse hasta llegar a un número que asusta: en la actualidad, sólo en el ámbito de la Capital Federal, se presentan alrededor de 550 demandas por mala praxis por año, a razón de 1,5 por día.
Los posibles daños y perjuicios derivados de la praxis médica, siguen estando regulados por el Código Civil, más allá de que en los años 1987, 1992 y 1998 hubo sucesivos intentos de modificar ese instrumento legal. El último proyecto, elaborado por una comisión de juristas notables, todavía está siendo tratado en el Senado de la Nación. "Las primeras reformas propuestas tendían a agravar la responsabilidad de los profesionales de la salud fueron morigeradas en el proyecto de reforma impulsado en 1998, no obstante lo cual el sector médico está llevando adelante distintas tratativas para aminorar la angustia que pesa sobre la cabeza de los médicos y de las empresas del sector en relación a las cuantiosas demandas originadas en la praxis médica a los efectos de abreviar los plazos de prescripción, haciendo que los mismos no sean de 10 años sino sólo de 2 años", explicó el doctor Oscar Ernesto Garay, un abogado especialista en temas vinculados a la mala praxis.

"La reforma propuesta en 1998 -agregó- también hacía hincapié en la derogación de los beneficios para litigar sin gastos con el objetivo de que entablar una demanda por mala praxis no se convirtiera en un simple acto administrativo".

El fenómeno de las demandas por mala praxis médica es una constante que se verifica en varias de las especialidades de los médicos y de los odontólogos, y tiene una característica saliente: causa preocupación, angustia y perjuicios en los profesionales. "Esto se da por la existencia de demandas entabladas u originadas por abogados y pacientes inescrupulosos con la intención de llegar a una mediación y lograr un rápido acuerdo económico", aseguró el doctor Garay, para quien esta actitud, sin dudas, es "lo que fomenta lo que se conoce como industria del juicio".
Las demandas por daños y perjucios originadas en la praxis médica son multicausales, es decir que no obedecen a una única causa sino que las mismas pueden encontrarse dentro del sector médico o fuera de él. "Dentro de las causas que les caben hacerse responsable al sector médico son la incompetencia, la falta de actualización, trabajar sin contar con los elementos técnicos que deden ser provistos por las instituciones y la falta de control por parte del Estado", señaló el especialista.

Para prevenirse de demandas por mala praxis, los profesionales del arte de curar deben realizar en forma periódica lo que se conoce como "Derecho Médico Preventivo". "Esto tiene que ver con una serie de acciones profesionales e institucionales a los fines de brindar un servicio médico óptimo y de no dar lugar a acciones de mala praxis", sostuvo el doctor Garay.

No todas las demandas por mala praxis terminan en juicio. Pero una cantidad importante no llega a esta instancia debido a la existencia de arreglos conciliatorios. "Este tipo de salida es muy utilizada cuando las demandas recaen sobre las instituciones, ya que de esta forma se evita afectar el prestigio de las mismas", subrayó el abogado.

La utilización de prácticas médicas convalidadas hace varios años atrás y hoy casi en desuso a raíz de los adelantos tecnológicos va a influir en el aumento de las demandas por mala praxis.
"Sin dudas esto se va a agravar aún más al no contar los profesionales del sector con los elementos técnicos e insumos necesarios para la atención de los pacientes", dijo el especialista.
La prevención de posibles hechos de mala praxis debe estar, en primer término, por parte del profesional, y en segundo término por parte de las instituciones.

En el ámbito público, las medidas de prevención pasan por hacer constar en los registros institucionales la falta de los elementos técnicos o insumos que necesita para atender una patología determinada. "Como requisito necesario para salvaguardar su responsabilidad, el profesional no debe llevar acabo ninguna intervención si no cuenta con los elementos necesarios, algo que también debe hacer constar en la historia clínica del paciente", alertó el especialista.

Un elemento fundamental que tienen los profesionales para estar cubiertos ante posibles demandas de mala praxis está dado por la historia clínica, que tiene que ser completa, sin errores, sin omisiones, sin escritos encimados y sin espacios en blanco. "Esto constituye un elemento de prueba fundamental e importante a la hora de probar que su accionar fue el adecuado a la circunstancia", afirmó el doctor Garay.

Es usual, y también un requisito jurídico, que las demandas por mala praxis se entablen contra el profesional y luego contra la institución. "Esto se da así porque muchas veces es necesario probar la supuesta mala praxis del profesional para luego accionar contra la institución y obligarla a hacerla cargo del monto que se reclama en concepto de indemnización", manifestó el profesional.

Ante estos casos, en general, las respuestas institucionales son deficientes y dejan en claro que se necesita un accionar más unido entre los profesionales y las instituciones que los contienen en cuanto al marco de acciones preventivas. Pero esto no se da y en la mayoría de los casos los profesionales son quienes tienen que contratar a los abogados que los defiendan mientras que las instituciones médicas contratan un asesoramiento jurídico aislado o separado del que asiste al profesional.

"Esto hace imprescindible que los profesionales tengan presente una serie de medidas que son fundamentales en la ética médica, como el secreto médico, la historia clínica completa, el derecho de los pacientes, una buena relación médico-paciente, una información adecuada y la reserva del secreto médico, elementos que van a fortalecer la relación que debe existir entre el paciente y el médico", indicó el doctor Garay.

"Esto -añadió- va a hacer que el paciente piense una o más veces la posibilidad de entablar una acción contra un médico".

Si los pacientes cuentan con una información adecuada, acorde a su cultura y circunstancia, están más cerca de comprender aquellas prácticas a las que están siendo sometidos. Esto permite que los profesionales obtengan el consentimiento informado de la práctica que van a realizar o el eventual rechazo. "Esto es necesario y últimamente está siendo objeto de sentencias judiciales condenatorias para los profesionales de la salud que no obtuvieron el consentimiento informado de los pacientes", consideró Garay.

Para prevenir demandas por mala praxis a raíz de la falta de los elementos técnicos e insumos necesarios, muchas instituciones médicas aconsejan a sus profesionales la presentación de recursos de amparo. Pero según el doctor Garay "esta no es la medida correcta, porque el recurso de amparo, según el Artículo 43 de la Constitución Nacional, y según la Ley 19.986, que regula el amparo, el sujeto pasivo de este recurso es, en todos los casos, el Estado, entonces sería aplicable a uno solo de los actores a nivel institucional, que sería el ámbito público, dejando afuera a las instituciones privadas".
"A mi entender -remarcó- las mejores acciones de prevención pasarían por dejar asentado en los registros institucionales las falencias u omisiones técnicas de los insumos o la aparatología necesaria".

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