El derecho a morir con dignidad y el derecho a suicidarse son preocupaciones crecientes en Europa y América. Durante los últimos 10 años ha habido un incremento de las organizaciones que promueven la eutanasia en Gran Bretaña, E.U.A., Holanda, Alemania, Dinamarca, Canadá y Francia (1).
En Cuba, la política oficial de las autoridades sanitarias tiende a la prevención del suicidio y es contraria al suicidio asistido y a la eutanasia. El Código Penal de la República de Cuba vigente hasta el momento del presente trabajo, en la sección que trata de los delitos contra la vida y la integridad corporal (Título VIII, Cap. V, art. 266), alude al auxilio al suicida y su incitación. El texto dice: "El que preste auxilio o induzca a otro a cometer suicidio incurre en sanción de privación de libertad de 2 a 5 años" (2).
En Cuba son muy escasos los trabajos relacionados con el tema del suicidio asistido (3), por lo que el objetivo de este trabajo fue conocer las actitudes y opiniones de un grupo de juristas ante el suicidio, el suicidio asistido y la eutanasia, ya que a ellos corresponderá - en su momento- legislar sobre tan complejo tema.
Material y método:
Para la realización de la presente investigación se eligieron al azar 43 juristas de Bayamo, Granma, Cuba, a los que se aplicó el cuestionario de actitudes respecto del suicidio (SUIATT) de Diekstra y Kerkhof elaborado en 1985 y ampliado por uno de los autores (5) a 17 preguntas, con la finalidad de conocer sus criterios sobre, entre otros temas, la penalización del individuo que intenta el suicidio, la despenalización del suicidio asistido, la eutanasia activa y pasiva y la legalización de la eutanasia. Los resultados obtenidos se expresaron en porcentajes (ver cuadros).
Análisis y discusión:
De los 43 juristas que participaron en la presente investigación, 29 eran del sexo femenino y 14 del masculino. El 41,8% de ellos consideró que el suicidio era un derecho del individuo -en caso que se tratase de ellos mismos- y el 39,5% lo consideró un derecho de cualquier sujeto. Una cifra similar opinó lo contrario (cuadro 1). Estos resultados contrastan con los referidos por Pérez Barrero entre los estudiantes del V curso de la carrera de Medicina, quienes no consideraron que el suicidio fuera un derecho del individuo (3). Llama la atención que los porcentajes no varíen al evaluarse ellos mismos o al evaluar otros individuos cualesquiera, lo que indica un predominio de la racionalidad sobre la afectividad.
Publicado el 19 de agosto de 2001
Los juristas ante el suicidio
Actitudes ante el suicida, el suicidio asistido y la eutanasia entre un grupo de juristas
Se investigan las actitudes ante el suicidio, el suicidio asistido y la eutanasia en 43 juristas de Bayamo, Granma, Cuba.
Autor/a: Sergio Pérez Barrero*, Rosa M. Cedeño Tellez**, Lubia C. Rivero Herrero**
El derecho a morir con dignidad y el derecho a suicidarse son preocupaciones crecientes en Europa y América. Durante los últimos 10 años ha habido un incremento de las organizaciones que promueven la eutanasia en Gran Bretaña, E.U.A., Holanda, Alemania, Dinamarca, Canadá y Francia (1).
En Cuba, la política oficial de las autoridades sanitarias tiende a la prevención del suicidio y es contraria al suicidio asistido y a la eutanasia. El Código Penal de la República de Cuba vigente hasta el momento del presente trabajo, en la sección que trata de los delitos contra la vida y la integridad corporal (Título VIII, Cap. V, art. 266), alude al auxilio al suicida y su incitación. El texto dice: "El que preste auxilio o induzca a otro a cometer suicidio incurre en sanción de privación de libertad de 2 a 5 años" (2).
En Cuba son muy escasos los trabajos relacionados con el tema del suicidio asistido (3), por lo que el objetivo de este trabajo fue conocer las actitudes y opiniones de un grupo de juristas ante el suicidio, el suicidio asistido y la eutanasia, ya que a ellos corresponderá - en su momento- legislar sobre tan complejo tema.
Material y método:
Para la realización de la presente investigación se eligieron al azar 43 juristas de Bayamo, Granma, Cuba, a los que se aplicó el cuestionario de actitudes respecto del suicidio (SUIATT) de Diekstra y Kerkhof elaborado en 1985 y ampliado por uno de los autores (5) a 17 preguntas, con la finalidad de conocer sus criterios sobre, entre otros temas, la penalización del individuo que intenta el suicidio, la despenalización del suicidio asistido, la eutanasia activa y pasiva y la legalización de la eutanasia. Los resultados obtenidos se expresaron en porcentajes (ver cuadros).
Análisis y discusión:
De los 43 juristas que participaron en la presente investigación, 29 eran del sexo femenino y 14 del masculino. El 41,8% de ellos consideró que el suicidio era un derecho del individuo -en caso que se tratase de ellos mismos- y el 39,5% lo consideró un derecho de cualquier sujeto. Una cifra similar opinó lo contrario (cuadro 1). Estos resultados contrastan con los referidos por Pérez Barrero entre los estudiantes del V curso de la carrera de Medicina, quienes no consideraron que el suicidio fuera un derecho del individuo (3). Llama la atención que los porcentajes no varíen al evaluarse ellos mismos o al evaluar otros individuos cualesquiera, lo que indica un predominio de la racionalidad sobre la afectividad.