El “Pepe” Mujica se fue el 13 de mayo. El expresidente de Uruguay sabía que el cáncer se lo iba a llevar, pero él decidió cómo, y de esa manera -también un poco- cuándo. “Hasta acá llegué”, dijo, contundente, cuando el 9 de enero comunicó su decisión de no someterse a más tratamientos ni quirófanos. “Cuando me toque morir, me muero”, había añadido…
Hace unas décadas –y en muchos lugares del mundo, seguramente bastante menos- sostener esa decisión le habría costado pelearse con muchos médicos. Lo señala el resumen del libro Vida digna hasta morir. Adecuación del esfuerzo terapéutico, de María Martha Cúneo, médica y doctora en ética teológica por la Pontificia Universidad Lateranense. “Hace menos de un siglo las posibilidades reales de la medicina eran visiblemente reducidas; la expectativa de vida, claramente menor; y en muchísimas enfermedades que hoy pueden tratarse, la muerte se presentaba como el desenlace final e inminente. Pero en el disparo del progreso médico, hoy podemos contar con un nuevo peligro”, señala el texto.
“En general, dadas las infinitas posibilidades de la medicina en la era tecnológica, el pasaje a la obstinación terapéutica no es difícil, y suele solo parecer como evidente cuando se reconsidera la situación vivida a posteriori”, agrega. Y en la introducción del libro, la especialista señala: “Existe el peligro real de convertir a ese ser humano, con todo el respeto que se le debe por serlo, en un indigno prisionero obligado de la tecnología médica”. Ya lo decía Mujica: “El guerrero tiene derecho a su descanso”.
Las enfermedades en las que es más frecuente el “hasta aquí llegué” son incurables y las acompaña sufrimiento físico o psicológico insoportable. El cáncer terminal encabeza la lista, seguido por enfermedades neurológicas degenerativas, como la esclerosis lateral amiotrófica (ELA), el párkinson o la enfermedad de Huntington. También, casos de demencia severa, insuficiencia respiratoria crónica, fallas orgánicas terminales y, en menor medida, dolor crónico intratable. En todas, la pérdida de autonomía y de dignidad suele ser determinante.
¿Dónde es legal el ejercicio de ese derecho? |
Otra historia. Esta es muy dura y –puede parecerles a muchos– extrema: es de la de Ramón Sampedro, primer ciudadano de español que pidió a la Justicia el derecho a morir. Sampedro fue un marinero gallego que a los 25 años quedó tetrapléjico: se había fracturado una vértebra. Pasó en cama casi tres décadas, mientras su mente permanecía despierta, lúcida y profundamente sensible.
Desde la cama sostuvo una batalla legal y filosófica por el derecho a morir dignamente; pero la Justicia se la negó de forma sistemática. Recién en 1998 lo logró con ayuda de amigos que, organizados de modo que nadie pudiera ser acusado legalmente, le suministraron el veneno que puso fin a su vida.
Se generó, por supuesto, un escándalo, pero también fue un punto de inflexión: tardó en llegar todavía tres años, pero España legalizó la eutanasia y el suicidio asistido en 2021; fue el cuarto país de Europa y el sexto del mundo en hacerlo.
Un país sudamericano le había “ganado de mano”: en 1997, la Corte Constitucional de Colombia había despenalizado el "homicidio por piedad" y eximía de responsabilidad penal a médicos que practicaran la eutanasia a pacientes terminales que, con pleno uso de sus facultades, lo solicitaran y sufrieran dolores intensos.
En el resto de América Latina, la situación difiere de país en país. Veamos.
España |
Al legalizarse, el sistema fue denominado Prestación de Ayuda a Morir, y según el último informe, publicado en noviembre de 2024, la demanda sigue creciendo: en 2023 las prestaciones aumentaron un 15% respecto del año anterior; sin embargo, no les siguen el ritmo a las personas que reclamaron su derecho, cuyo número aumentó un 25%. La diferencia, según el documento, se explica, por un lado, a que un 25% falleció antes de la resolución, pues el trámite dura una media de 67 días (si el sistema fuera eficiente, los plazos de la ley permitirían que todo se resolviera en 35 días).
El segundo factor es el rechazo administrativo, pues el proceso exige que la persona que lo requiere padezca un sufrimiento considerado “intolerable” y sin cura. Una vez que lo comunica a su médico, tienen que pasar al menos 15 días para volver a ratificar su voluntad. Esta es estudiada por otro equipo médico independiente y, finalmente, por una comisión de garantías de cada comunidad autónoma, formada por juristas y sanitarios. Por otra parte, un 4,3% solicitó un aplazamiento y un 2,7% lo revocó.
Hispanoamérica |
Como dijimos, el primer hito en Colombia se produjo en 1997, cuando se declaró inconstitucional el delito de “homicidio por piedad”. En ese marco, la Corte eximió a los médicos de responsabilidad penal, pero también reclamó regulaciones legales estrictas, lo que no ocurrió hasta que una nueva sentencia, de 2014, le dio 30 días al Ministerio de Salud para la regulación.
Entonces se establecieron los criterios de legalidad: la persona debe padecer una enfermedad terminal (y/o considerar que su vida ha perdido dignidad a causa del sufrimiento), y expresar su consentimiento de forma clara e informada. El procedimiento debe ser realizado por un médico, con aval de un comité científico-interdisciplinario.
Cabe aclarar que la libertad de conciencia permite a los profesionales no participar si el procedimiento contradice sus convicciones personales. Este logro no fue casualidad: según el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, con sede en Bogotá, que analiza los datos de 2023, la eutanasia es una práctica que goza de una amplia favorabilidad en la población colombiana, y ha crecido sostenidamente desde 2015.
“De acuerdo con los más recientes resultados de la encuesta ‘Colombia Opina’, de la firma Invamer, el 70,1% de las personas en Colombia están de acuerdo con la posibilidad de acceder a la eutanasia cuando se experimenta sufrimiento físico y psíquico producto de lesiones corporales y enfermedades graves e incurables”, señala el documento. Agrega que desde 2015 –cuando se reglamentó y comenzó el registro de procedimientos– y hasta el 31 de diciembre de 2023, se han realizado 692 procedimientos de muerte médicamente asistida; y los de 2023 fueron 271. Aclara también que se trata de las cifras oficiales, “es decir, de procedimientos desarrollados conforme a las normas y en el marco del Sistema de Salud. A pesar de que el procedimiento está cubierto en el plan de beneficios en salud (PBS) y es gratuito, muchas personas, profesionales y entidades continúan desarrollando e intermediando este procedimiento de manera privada”.
Otras naciones |
En el resto de los países de habla hispana, la eutanasia activa continúa prohibida, aunque existen normativas que permiten otras formas de “muerte asistida”, como el suicidio asistido. En este caso, el personal médico proporciona los fármacos, pero es el propio paciente quien se los administra.
En algunos, se permite lo que se conoce como eutanasia pasiva o indirecta, es decir, suspender tratamientos médicos o medidas de soporte vital cuando ya no existe posibilidad de recuperación. Es el caso de Argentina, Chile, México, Uruguay y, en principio, Perú. En principio porque, a pesar de que el artículo 112 del Código Penal peruano castiga con tres años de prisión “al que, por piedad, mata a un enfermo incurable que le solicita de manera expresa y consciente para poner fin a sus intolerables dolores”, después de varios años de lucha la Corte falló a favor de la solicitud de Ana Estrada, quien sufría una enfermedad degenerativa desde hacía 30 años, y logró el procedimiento en abril de 2024. Veamos el resto.
En 2012, el Senado de Argentina aprobó la Ley de Muerte Digna (Ley 26.742), que autoriza a rechazar tratamientos que prolongan artificialmente la vida de pacientes terminales o estado irreversible. El primer caso fue el de Camila Sánchez, una niña que había nacido con una grave condición neurológica y vivía en estado vegetativo. Este caso desató la lucha por la “muerte digna” e inspiró la norma. Camila fue desconectada de los aparatos en junio de 2012, poco después de la aprobación de la ley.
En Chile, también desde ese año, las personas en estado terminal pueden rechazar la continuidad de los tratamientos. Hubo un avance hacia la eutanasia en diciembre de 2020, cuando la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley de “Muerte digna y cuidados paliativos”, pero a pesar de numerosos intentos, la iniciativa sigue sin ser tratada en el Senado. “El Gobierno ha quitado y renovado más de 30 veces la urgencia al proyecto de eutanasia, y el trámite no registra avances significativos”, señalaba a fines de enero el sitio de CIPER (Centro de Investigación Periodística), un medio digital chileno de investigación que funciona como ONG.
En México la situación no es la misma en todo el país: la capital y los estados de Aguascalientes y Michoacán autorizan que personas en estados terminales rechacen los tratamientos paliativos. Pero a nivel nacional, varios proyectos de ley para autorizar la eutanasia han fallado en el Congreso. El 30 de octubre de 2024, varios partidos presentaron en el Congreso de la Ciudad de México una iniciativa para legalizar la eutanasia en la capital; la iniciativa se encuentra en trámite legislativo, pero hasta la fecha no ha sido aprobada.
Y Uruguay cuenta con una la ley de “voluntad anticipada” o “del buen morir”, que regula también la libertad de una persona para rechazar un tratamiento, incluidos los cuidados paliativos. En 2022 se había aprobado un proyecto de ley de Eutanasia en Diputados, pero no se logró aprobar la norma en el Senado. El 13 de marzo, en el marco de una nueva gestión de gobierno, un grupo de diputados fusionó en el 2022 con uno anterior, y lo presentó, pero esto recién empieza…