Regulación de Medicamentos

Regulación de precios de medicamentos en Colombia

A partir del próximo 1 de noviembre los precios de los medicamentos que se comercializan en el país entraran en la modalidad de libertad regulada. Aunque las compañías farmacéuticas podrán fijar sus precios, estos serán revisados por un Comité Técnico Asesor comandado por el Gobierno Nacional.

Los medicamentos que superen el promedio regional de precios tendrán una regulación directa, es decir, su precio máximo al público será determinado por el Gobierno Nacional por intermedio de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos.

Lo anterior se esclarece en la circular número 4 expedida por los Ministerios de Protección Social y Comercio el 1 de septiembre dirigida a los fabricantes, importadores, comercializadores y compradores de medicamentos del país.

De igual forma estipula la entrega trimestral de un informe detallado por parte de las empresas farmacéuticas: “Todos los laboratorios farmacéuticos productores o importadores que tengan productos registrados como medicamentos ante el Invima, y todos los mayoristas de medicamentos que comercialicen dichos productos, deberán reportar dentro de los primeros 5 días hábiles de cada trimestre: el valor total de las ventas durante el período, el número total de unidades vendidas, el precio unitario más alto y el más bajo de venta y el número de cada una de las facturas utilizadas como sustento del reporte. Lo anterior será durante el periodo, de todos los medicamentos y cada presentación", señala la circular.

Las EPS e IPS públicas y privadas que compren medicamentos deberán entregar un informe similar el cual será revisado por la DIAN con el fin de verificar el pago oportuno de impuestos. En esta regulación también se incluye la creación del Sistema de Información de Precios de Medicamentos (SIPM) el cual proveerá la información necesaria para la regulación del mercado farmacéutico en el país.