Los Certificados Únicos de Discapacidad (CUD) ya no tendrán plazo de vencimiento, a partir de una resolución adoptada por el Gobierno nacional a través de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), que fue publicada el lunes 6 de marzo de en Boletín Oficial.
Previamente, través de una nota de prensa, la Andis había comunicado que la primera etapa de la decisión oficial será de implementación inmediata y preverá que los CUD sean emitidos sin plazo de vencimiento, tanto en su versión física como digital.
En la resolución 322/2023 se consignó que el Estado tomará contacto con "la persona con discapacidad para acompañarla y mantener sus datos actualizados, cuestión clave para asegurar el acceso a derechos, prestaciones y servicios derivados de la certificación, como así también para mantener los registros actualizados que sirven para diseñar y ejecutar eficientemente políticas públicas para las personas con discapacidad".
"Las instancias de acompañamiento y actualización se efectivizarán con una periodicidad entre los 5 y 15 años, en todos los casos, contados desde la certificación inicial o de la instancia de actualización correspondiente, mediante un contacto y acercamiento fehaciente por parte del Estado, a través de los canales y vías de comunicación existentes y de los que se implementen en el marco de la innovación tecnológica planificada a tal efecto", agregó Andis.
Para el organismo, la inminente resolución oficial" ratifica la implementación progresiva, gradual y en etapas, de una nueva dinámica de vinculación de las personas con discapacidad con los procesos de certificación, tanto para quienes ya poseen el CUD, como para aquellas que tramiten la obtención del mismo por primera vez".