Controversias judiciales | 10 FEB 10

Fertilización: fallos a favor y en contra de prepagas

La Justicia no se pone de acuerdo sobre la cobertura. Una Cámara porteña dijo que la obra social no debe cubrir los gastos de una fertilización asistida. Y otra de Mar del Plata falló en sentido contrario. Las contradicciones se producen porque falta una ley.

Por: Sibila Camps

Ante la falta de una ley que regule los tratamientos de fertilización asistida, las parejas con problemas de esterilidad recurren a la Justicia, en especial para que las obras sociales y las prepagas cubran esas prácticas. Y ante la falta de esa ley, los jueces toman decisiones diferentes. Eso sí, en sus fallos, casi todos exhortan a los legisladores a cubrir el vacío normativo.

En Mar del Plata, la Cámara Federal de Apelaciones hizo lugar al recurso de amparo de un matrimonio para someterse a un tratamiento por ovodonación a través de su obra social. Pero en la Capital, la Cámara en lo Civil y Comercial rechazó un pedido idéntico porque, si bien la imposibilidad de procrear "es una limitación que puede afectar de manera real y efectiva la calidad de vida y salud psíquica de una pareja", según la legislación vigente, los agentes del seguro de salud no están obligados a prestaciones como la reclamada.

De un lado y del otro, los argumentos han ido cambiando. Hasta 2004, si la concepción había sido asistida, las obras sociales y prepagas ni siquiera atendían el embarazo, ni el parto, ni la salud o enfermedad del recién nacido hasta el primer año de vida. "Esa aberración, por suerte no existe más, porque hubo fallos judiciales en contra", recuerda el doctor Claudio Chillik, del CEGYR.

En los últimos años, decenas de parejas recurrieron a la Justicia para acceder a tratamientos, y/o para que su obra social les reconociera los gastos de los ya realizados. Prepagas y obras sociales suelen esgrimir que la esterilidad no es una enfermedad. "Si se consideran todas las definiciones de enfermedad y de salud, no cabe duda de que es una enfermedad que afecta a dos personas", recalca Chillik.

"No es sólo una enfermedad, sino también el derecho a poder tener familia. Además, está la Ley de Salud Sexual y Reproductiva", asiente el doctor Jorge Leguiza, gerente de Gestión Estratégica de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS). Es la que hace cumplir el Plan Médico Obligatorio (PMO), que incluye diagnósticos, tratamientos con medicamentos contra la infertilidad, y microcirugía tubaria, pero no prácticas in vitro. "No están normatizadas -alega Leguiza-. ¿Quién protege a los embriones? Habría que normalizarlas e incluir la cobertura en situaciones particulares".

 

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